Ecuador frente al riesgo de violentar su democracia
Share
La democracia no se sostiene únicamente en la voluntad popular expresada en las urnas. Su fortaleza descansa, sobre todo, en el respeto irrestricto a la Constitución y a la institucionalidad que garantiza el equilibrio entre poderes, la protección de derechos y la convivencia ciudadana. La insistencia en convocar a una Asamblea Constituyente al margen de los procedimientos que establece la Constitución del Ecuador representa un serio riesgo para la estabilidad del país. Un presidente elegido por mayoría no puede convertir esa legitimidad electoral en un pretexto para vulnerar la legalidad vigente. Hacerlo socava la sostenibilidad democrática y erosiona la confianza ciudadana.
En lo político, saltarse las reglas del juego debilita el Estado de derecho y abre un precedente peligroso: normaliza que el Ejecutivo concentre poder y que futuros gobiernos, amparados en mayorías circunstanciales, desconozcan los contrapesos institucionales. La erosión de las competencias de órganos de control y justicia termina afectando tanto al gobierno central como a los gobiernos autónomos descentralizados, con efectos directos sobre la gobernabilidad nacional y seccional.
En lo social, la vulneración de la institucionalidad alimenta la polarización. La sociedad se divide entre adhesiones personalistas y defensas de la legalidad, lo que agrava la conflictividad política y puede derivar en episodios de violencia ciudadana. Cuando las decisiones dejan de tramitarse conforme a la Constitución, las diferencias dejan de procesarse en el debate democrático y migran a las calles.
En lo económico, la inseguridad jurídica espanta la inversión nacional y extranjera. La incertidumbre sobre las reglas del juego ralentiza proyectos productivos, encarece el financiamiento, reduce la competitividad y limita la creación de empleo. La estabilidad política y el respeto a los marcos constitucionales y legales son condiciones indispensables para atraer capital y sostener el crecimiento.
La experiencia comparada confirma el valor de los contrapesos. En Estados Unidos, durante la administración de Donald Trump, los tribunales federales bloquearon la aplicación de sus primeras órdenes ejecutivas para restringir el ingreso de ciudadanos de países de mayoría musulmana; tras sucesivos litigios, la Corte Suprema solo permitió una versión modificada y limitada. Ese proceso judicial demostró que, incluso con amplio apoyo popular, el Ejecutivo debe someterse a la Constitución y a la revisión de los jueces.
Si el país opta por una Asamblea Constituyente, esta debe surgir no solo del poder popular, sino también del marco constitucional establecido para que sea legítima y legal. Además, su agenda debe asegurar la operatividad del Estado y una visión de desarrollo que promueva inclusión social, económica y productiva; que clarifique el rol del sector público y el privado; y que delimite, con precisión, las competencias del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
Defender la Constitución no es un formalismo: es la condición de posibilidad de una democracia sostenible. La voluntad popular expresada en elecciones no otorga licencia para violentar la Carta Magna. Por el contrario, obliga a gobernar con apego a la ley y con visión de futuro. Cualquier intento de imponer procesos constituyentes sin cumplir los mecanismos establecidos no solo amenaza la convivencia ciudadana, sino que compromete el desarrollo económico y social del Ecuador. Defender la Constitución es defender la democracia misma.


